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martes, 2 de septiembre de 2008

EL BOJA PUBLICÓ AYER EL DECRETO ZEPA

La ZEPA entra en vigor con el rechazo del sector agroganadero


Asaja denuncia que la "zona sensible" será de 14.600 hectáreas. Considera que la norma es "discriminadora y restrictiva".


La Junta de Andalucía publicó ayer en el BOJA el decreto por el cual se declara la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) del Alto Guadiato, lo que supone la protección de un total de 33.930 hectáreas de los términos municipales Los Blázquez, Fuente Obejuna, La Granjuela y Valsequillo.
El decreto explica que la zona protegida es una de las más importantes de toda Andalucía tanto para la avutarda común como para el sisón, además de incluir una población importante de aguilucho cenizo y cernícalo primilla. Además, reconoce que las buenas prácticas de los agricultores y ganaderos de la zona ha contribuido a que ello sea posible y advierte que de las prácticas que estos desarrollen dependerá el mantenimiento y crecimiento de estas poblaciones de aves.
Pero esto no lo ven de igual manera los agricultores y ganaderos de la zona, que desde el comienzo han visto en la ZEPA un peligro para el desarrollo social y económico de la zona. Y en este sentido se pronunció ayer Asaja, quien criticó que, "tras un mes de espera y ocultación del documento", el texto designe como zonas sensibles unas 14.600 hectáreas "frente a las algo más de 12.000 que indicó la Junta el 30 de julio, y frente a las 4.000 que acordaron hace unos meses con los afectados".
SIN AYUDAS La organización agraria denuncia que en la práctica no habrá ayudas para los agricultores y ganaderos y que "la única ayuda específica que se ha creado es la futura línea agroambiental contemplada en el PDR Andaluz y que será solo para 6.000 hectáreas de Andalucía durante 2007-2013" cuando la ZEPA ocupa casi 34.000. E insiste en que el decreto no contempla "los parámetros económicos y sociales de la zona y únicamente se centra en parámetros medioambientales", lo que convierte esta norma en "discriminadora y restrictiva".
El decreto, que ya se encuentra en vigor, establece la obligatoriedad de adoptar medidas de conservación adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats de las especies de aves objeto de protección y garantizar su mantenimiento en un estado de conservación favorable, así como para fomentar que el desarrollo de las actividades productivas se lleve a cabo de forma compatible con la conservación de estos hábitats de aves esteparias contribuyendo a mantener la rentabilidad de las explotaciones.
Así, de acuerdo con las exigencias comunitarias en materia de conservación de aves, se establecen como objetivos específicos el mantenimiento de sistemas agrarios adecuados y suficientes para los requerimientos de estas especies; la eliminación o reducción de los principales factores de mortalidad juvenil y adulta de las poblaciones de aves o la necesidad de evitar la fragmentación del hábitat de forma que no se vea comprometida la viabilidad de las poblaciones de aves objeto de conservación.
Para tener prioridad en la concesión de ayudas los titulares de las explotaciones podrán elaborar un Plan Técnico de Gestión Integrada de carácter plurianual donde se recoja la previsión de actuaciones a realizar, los usos del suelo y los criterios de gestión, así como las principales alternativas estudiadas y el análisis de impactos potenciales, las medidas adoptadas para el mantenimiento de las poblaciones de aves y un programa de seguimiento.


Fuente: Diario Córdoba

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